Descripción
Las becas del ayuntamiento de Madrid son ayudas a las familias residentes en el municipio de Madrid, para el abono de la cuota de escolaridad (incluyendo mensualidad, comedor y horario ampliado) de niñas y niños de cero a tres años en centros de titularidad privada autorizados por la administración educativa para impartir el primer ciclo de educación infantil. Siempre que no ocupen plazas sostenidas con fondos públicos y cumplan todos los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
¿A quién va dirigido?
Familias residentes en Madrid, con niñas y niños de 0 a 3 años escolarizados en centros privados de educación infantil ubicados en el municipio de Madrid y autorizados por la administración educativa.
Plazo
10/07/2024 – 29/07/2024
Importe
Cuantía de la ayuda:
- 118 € mensuales durante un máximo de 11 meses, para las familias que hayan tenido una renta per cápita en el año 2023 que esté comprendida entre 17.020,31 y 30.000 euros
- 220 € mensuales durante un máximo de 11 meses, para las familias que hayan tenido una renta per cápita en el año 2023 que esté comprendida entre 10.420,31 y 17.020,30 euros.
- 385 € mensuales durante un máximo de 11 meses,para las familias que hayan tenido una renta per cápita en el año 2023 que esté comprendida entre 0 y 10.420,30 euros.
Resuelta la convocatoria, se realizará un único pago a las familias con el abono de la beca que le corresponda mediante transferencia bancaria.
Requisitos
Pueden solicitar esta ayuda la madre, padre, tutor/a o representante legal de la niña o niño:
- Cumplir todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
- Familias con niñas o niños de 0 a 3 años.
- Tener el domicilio familiar en el municipio de Madrid.
- Que la renta per cápita de la unidad familiar del año 2023 no supere los 30.000 euros.
- Las becas concedidas a través de la presente convocatoria son compatibles con otras ayudas o becas con la misma o similar finalidad, del Ayuntamiento de Madrid, de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares nacionales o internacionales.
- No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus organismos públicos, ni reintegros pendientes.
Si bien no es requisito para solicitar la beca estar matriculado durante el plazo de solicitud en el centro privado, si será necesario acreditar posteriormente la matriculación, asistencia y pago en un centro de titularidad privada ubicado en el municipio de Madrid y autorizado por la administración educativa para impartir el primer ciclo de Educación Infantil.
Cómo realizar el trámite
El plazo de presentación de solicitudes, será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.
- En línea: accediendo a la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid. Con certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.
- Presencialmente: en las oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación
- Anexo I. Firma del otro progenitor o declaración de otras circunstancias familiares, de presentación obligatoria. Requiere Adobe Acrobat.
- Anexo II: Una vez obtenida la condición de beneficiario, se presentará el Anexo II con la justificación de los pagos realizados. La falta de presentación del Anexo II, o su presentación incompleta o errónea supone la renuncia a la ayuda.